Resolución 00183-2012
Sala Primera de la Corte
considerando I, es claro que lo que se reclama son extremos que por fuero de atracción corresponde rían a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de conformidad con el numeral 43 del Código Procesal Contencioso Administrativo; toda vez, que lo que se busca…
- laboral
- convención colectiva
- derecho laboral común