Resolución 00455-2013
Tribunal Primero Civil
Se conoce únicamente en lo apelado. Se dice en lo apelado porque en la sentencia venida en alzada se rechazó la excepción de caducidad y se resolvió sin especial condenatoria en costas, que son extremos que le benefician a la apelante como única recurrente -ar…
- civil
- orden emitida
- servidumbre de paso