Resolución 00159-2023
2023Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Civil · Confirma
"III.- PRONUNCIAMIENTO. No es de recibo el agravio.- Es de señalar, que la primera frase transcrita por la recurrente se ubica en el párrafo inicial del artículo 611 del Código de Comercio, el cual se refiere a los saldos adeudados con ocasión de un contrato d…
- cuenta corriente mercantil
- título ejecutivo
- reserva de ley