Resolución 00003-2024
Tribunal Agrario · Confirma
"III. No lleva razón la recurrente. Ciertamente el artículo 49 del Código Procesal Civil en su párrafo segundo, aplicado supletoriamente, dispone la posibilidad de evacuar como prueba anticipada la declaración de parte sobre hechos personales. Sin embargo, una…
- civil
- artículo 49
- código procesal civil