Resolución 00097-2026
Tribunal de Familia
"B) SOBRE LA PENSIÓN ALIMENTARIA UNA VEZ FINALIZADA LA UNIÓN DE HECHO. [...] De conformidad con el artículo 248 del Código de Familia, el derecho alimentario entre exconvivientes puede reconocerse cuando concurren dos presupuestos esenciales: que la convivenci…
- familia
- pensión alimentaria
- convivencia