Normativa
Transitorio 2 — Creación de la jurisdicción especializada en delincuencia organizada en Costa Rica
- Número
- 9481
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Transitorio 2
Vigente desde 30 de mayo de 2023 · texto SINALEVI
En los asuntos de delincuencia organizada que se encuentren en trámite, serán aplicables, sin necesidad de resolución jurisdiccional adicional, los plazos procesales establecidos en el artículo 10 de este cuerpo normativo. Las autoridades jurisdiccionales que tengan a su orden personas sometidas a alguna medida cautelar, de oficio o a petición del Ministerio Público, readecuarán los plazos según corresponda, mediante resolución fundada.
(Así adicionado por el artículo 5° de la ley N° 9769 del 18 de octubre del 2019) (Así reformado por el artículo 7° de la ley N° 10369 del 30 de mayo de 2023)