Reglamento
Artículo 9 — Periodicidad — Reglamento para regular el teletrabajo
- Número
- 90342
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Reconocimiento Gubernamental.
Cada año, el día 18 de setiembre, se entregará el reconocimiento a las personas empleadoras que postulen su nombre para optar por el mismo. De manera oportuna el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, informará a través de sus medios virtuales oficiales de comunicación sobre la convocatoria.