Reglamento
Artículo 71 — Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica
- Número
- 70502
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la visa de ingreso
CAPÍTULO CUARTO
Visas consultadas y excepcionales
SECCIÓN PRIMERA
Solicitudes en calidad de no residentes gestionadas desde
Artículo 71
Vigente desde 20 de junio de 2011 · texto SINALEVI
Los requisitos que debe presentar la persona interesada ante el consulado son los siguientes:
- Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya la siguiente información del solicitante:
a. Nombre completo y apellidos b. Nacionalidad c. Número de pasaporte d. Lugar de residencia e. Motivo del viaje f. Tiempo previsto de permanencia en Costa Rica g. Lugar y fecha aproximada de llegada y salida de Costa Rica h. Profesión u oficio i. Dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica j. Fecha y lugar de nacimiento del interesado k. Fax para recibir notificaciones l. Fecha m. Firma
- Pasaporte o documento de viaje vigente, aceptado por el Estado costarricense, con fecha de vencimiento no menor a los seis meses, además de copia de la primera plana del mismo.
- Reserva tentativa del tiquete, boleto o pasaje de regreso o de continuación del viaje a efectos de comprobar los motivos del viaje y las condiciones de turismo.
- Demostración de la solvencia económica del solicitante.
- Demostración de la solvencia económica del solicitado.
- Certificación de antecedentes penales debidamente legalizada, consularizada y con su respectiva traducción al idioma español.
- Certificación de nacimiento, debidamente legalizada, consularizada y traducida al idioma español.
- El Cónsul o en su defecto la Dirección General de Migración, podrá solicitar de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa. Asimismo estos requisitos deben apegarse a lo establecido en la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos.