Reglamento
Artículo 233 — Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica
- Número
- 70502
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
La Comisión de Visas Restringidas
CAPÍTULO PRIMERO
Estructura de la Comisión para del
Artículo 233
Vigente desde 20 de junio de 2011 · texto SINALEVI
Cada vez que un miembro de la Comisión deba ser cambiado, deberán seguirse los pasos establecidos en los artículos 233 y 234 del presente reglamento.