Reglamento
Artículo 185 — Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica
- Número
- 70502
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la visa de ingreso
CAPÍTULO NOVENO
Visas Múltiples
SECCIÓN QUINTA
Procedimiento para el otorgamiento
Artículo 185
Vigente desde 20 de junio de 2011 · texto SINALEVI
Vencido el plazo original por el cual se otorgó la visa múltiple, se deberá gestionar una nueva, cumpliendo con todos los requisitos establecidos al efecto.