Reglamento
Artículo 175 — Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica
- Número
- 70502
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la visa de ingreso
CAPÍTULO NOVENO
Visas Múltiples
SECCIÓN CUARTA
Solicitud realizada por empresa radicada en el exterior
Artículo 175
Vigente desde 20 de junio de 2011 · texto SINALEVI
Cuando la solicitud de visa múltiple sea realizada a favor de una persona extranjera por una empresa que no se encuentra en funcionamiento en nuestro país, pero que pretenda abrir negocios en Costa Rica, se requiere además de los requisitos establecidos en los artículos 171 y 174, los siguientes:
- Contrato laboral con la empresa que lo solicita, en donde se indique las funciones a realizar y la vigencia del mismo.
- Personería jurídica o en su defecto documento legalizado que demuestre la representación de la compañía extranjera de la empresa en el país donde ésta opera
- Documento de identidad del representante legal de la empresa, debidamente certificado.
- Documentación que demuestre los contactos comerciales dentro o fuera del país, de la empresa interesada en el ingreso de la persona extranjera.
- Estados financieros y/o información de la constitución legal de la empresa que solicita la visa al extranjero o se ha señalado como contacto comercial.
- Constancia de inscripción en la cámara de comercio local o internacional.