Reglamento
Artículo 174 — Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica
- Número
- 70502
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la visa de ingreso
CAPÍTULO NOVENO
Visas Múltiples
SECCIÓN TERCERA
Solicitud realizada por empresa, institución
Artículo 174
Vigente desde 20 de junio de 2011 · texto SINALEVI
Cuando la solicitud de visa múltiple es realizada por una empresa, institución o universidad costarricense a favor de un trabajador, profesor o investigador extranjero, además de los requisitos mencionados en el artículo 171, se requiere presentar:
- Contrato laboral con la empresa, institución o universidad que lo solicita, en donde se indique las funciones a realizar y la vigencia del mismo.
- Personería jurídica de la empresa, institución o universidad que solicita la visa múltiple.
- Documento de identidad del representante legal de la empresa, institución o universidad debidamente autenticada.