Reglamento
Artículo 30 — De la Dirección de Servicios de Salud — Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud
- Número
- 85308
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
DE LAS DIRECCIONES DE LA RECTORÍA DE LA SALUD
La Dirección de Servicios de Salud depende orgánicamente de la Dirección General de Salud. Tiene por objetivo dirigir, coordinar y supervisar la calidad, accesibilidad, sostenibilidad y seguridad de los servicios de salud, incorporando un enfoque centrado en la salud física basado en redes integradas de atención. Así mismo, liderar la regulación, vigilancia y promoción de prácticas seguras en protección radiológica para minimizar los riesgos asociados al uso de radiaciones ionizantes en los ámbitos médico, industrial, veterinario y de investigación, garantizando la adecuada gestión de las funciones que trascienden el ámbito de los servicios de salud.
Esta Dirección coordina con la Auditoría General de Servicios de Salud y cuenta con las siguientes unidades organizativas:
- Unidad de Armonización de los Servicios de Salud. Tiene por objetivo armonizar la provisión de los servicios de salud a nivel nacional, acorde a la normalización y elaboración de estrategias estandarizadas para la identificación y definición de las necesidades de la población, con enfoque de derechos garantizando la gestión calidad y equidad de los servicios. Así como elaborar los procedimientos y mecanismos para asegurar la verificación del cumplimiento de las normas por parte de los niveles operativos, a fin de proteger la salud de la población.
- Unidad de Protección Radiológica. Tiene por objetivo proteger la salud de la población y su entorno contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes y material radioactivo, por medio del ejercicio de la regulación, así como vigilar la seguridad física de los emisores de radiaciones ionizantes utilizadas en las prácticas médicas, odontológicas, industriales, veterinarias y de investigación.
- Unidad de Recursos Humanos en Salud. Tiene por objetivo Conducir la investigación, vigilancia, análisis y evaluación de la oferta y demanda del recurso humano para la salud a nivel nacional, contribuyendo con la planificación, formación y distribución del personal de salud, para la toma de decisiones basadas en evidencia acorde con las necesidades de la población.
- Unidad de Investigaciones en Salud. Con el objetivo de dirigir y conducir el Sistema Nacional de Investigación en Salud, para asegurar que la generación y uso de la información científica se base en criterios éticos y de calidad y que esté disponible, accesible y pueda ser utilizada como insumo para la toma de decisiones.
(Así reformado el párrafo anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45051 del 12 de mayo del 2025) (Así reformado el párrafo anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45051 del 12 de mayo del 2025) (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45051 del 12 de mayo del 2025) (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45468 del 19 de enero del 2026) (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)