Reglamento
Artículo 50 — Del Viceministerio de Telecomunicaciones — Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía
- Número
- 66973
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
CAPÍTULO IV
Viceministerio de Telecomunicaciones
Artículo 50
Del Viceministerio de Telecomunicaciones
Vigente desde 6 de enero de 2010 · texto SINALEVI
El Viceministerio de Telecomunicaciones tendrá como objetivo el coadyuvar con el Ministro Rector, en la conducción política en el nivel ministerial y sectorial del área de su especialidad, para lograr el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas en los programas ministeriales y el Plan Nacional de Desarrollo.