Reglamento
Artículo 22 — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Generalidades del Registro Inmobiliario
CAPÍTULO CUARTO
Deberes y atribuciones de las unidades organizativas
Artículo 22
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Deberes y atribuciones de las personas registradoras del Departamento Inmobiliario Registral. Las personas registradoras del Departamento Inmobiliario Registral tienen competencia para ejecutar actividades profesionales orientadas a la calificación y registro de los documentos sometidos a su estudio, propios del proceso de inscripción de documentos en los cuales se constituyen, modifican. declaran o extinguen derechos reales sobre materia inmobiliaria, lo cual harán por los medios de que dispongan en coordinación con la Dirección del Registro Inmobiliario, con el fin de garantizar la publicidad y fortalecer la seguridad registral inmobiliaria.
Corresponde a las personas registradoras del Departamento Inmobiliario Registral:
- Comprobar que los documentos que ingresan para calificación e inscripción cumplan con los requisitos formales y legales para su registración.
- Realizar un examen previo de los documentos que se presenten a registración, con el objeto de que únicamente se registren aquellos que sean válidos y perfectos y comprobar la legalidad de dichos títulos antes de que se proceda a su inscripción.
- Calificar dentro de los plazos de ley, bajo su estricta responsabilidad y de acuerdo con el orden de presentación todos los documentos que le correspondan.
- Autorizar la inscripción de los documentos sometidos a su estudio, mediante los medios que fije la Dirección del Registro Inmobiliario, y actualizar inmediatamente la información de las bases de datos, para que esta pueda ser consultada por las personas usuarias.
- Evacuar las consultas que le formulen sus superiores jerárquicos respecto de los documentos sometidos a estudio.
- Acatar las disposiciones emitidas por sus superiores jerárquicos.