Reglamento
Artículo 23 — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Generalidades del Registro Inmobiliario
CAPÍTULO CUARTO
Deberes y atribuciones de las unidades organizativas
Artículo 23
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Deberes y atribuciones de la Coordinación General del Departamento de Mantenimiento Catastral. La Coordinación General del Departamento de Mantenimiento Catastral tiene competencia para ejecutar actividades relacionadas con la planeación, organización, coordinación, supervisión, control y evaluación de los procesos de trabajo y actividades administrativas y sustantivas que se desarrollan en el Departamento de Mantenimiento Catastral.
Corresponde a la persona coordinadora general del Departamento de Mantenimiento Catastral:
- Asignar, supervisar, controlar y evaluar las labores propias del proceso de validación, levantamiento catastral, topografia y agrimensura, cartografia digital de aplicación catastral, así como los estudios técnicos catastrales.
- Capacitar, instruir y evaluar la labor desempeñada por el personal a su cargo, así como atender y resolver consultas que se deriven de la ejecución del proceso.
- Coordinar y revisar periódicamente con las coordinaciones a su cargo el funcionamiento del Departamento de Mantenimiento Catastral.
- Colaborar con la persona directora o subdirectora catastral en la elaboración de planes y proyectos.
- Atender y resolver consultas verbales y escritas que le presenten sus superiores jerárquicos, subalternos y público en general.
- Brindar asesoría propia de la experticia de la obra catastral.
- Coordinar con el Instituto Geográfico Nacional lo referente a la aplicación catastral en los procedimientos y labores vinculadas al establecimiento del control geodésico, toma de fotografia aérea, control fotogramétrico, creación de ortofotos, capas geográficas digitales y de mapas fotogramétricos digitales.
- Realizar todas aquellas otras labores encomendadas por la persona directora o subdirectora catastral.