Reglamento
Artículo 219 — Inscripción de gravámenes hipotecarios en concesiones al amparo de la Ley 6758 — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO TERCERO
Documentos inscribibles en el Departamento Inmobiliario Registral
CAPÍTULO TERCERO
Elementos de la publicidad registral inmobiliaria
Artículo 219
Inscripción de gravámenes hipotecarios en concesiones al amparo de la Ley 6758
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
La inscripción de gravámenes hipotecarios en concesiones constituidas al amparo de la Ley que regula la ejecución del Proyecto Turístico Papagayo, Ley 6758, requiere la presentación del respectivo testimonio de escritura pública en el cual comparezca la persona concesionaria y/o deudora constituyendo el gravamen hipotecario; y además se debe transcribir literalmente la resolución de aprobación de la constitución del gravamen hipotecario, la cual debe ser emitida por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo. La persona notaria debe dar fe de la firmeza de la resolución.