Reglamento
Artículo 104 — Inscripción de los planos de agrimensura de fraccionamientos — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Documentos inscribibles en el Departamento Catastral Registral
CAPÍTULO QUINTO
Calificación e inscripción de los planos de agrimensura
Artículo 104
Inscripción de los planos de agrimensura de fraccionamientos
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
En apego a las competencias, jerarquías y a las relaciones de coordinación y control establecidas en la Ley de Planificación Urbana, Ley 4240, corresponde a la municipalidad donde se sitúe el inmueble respectivo, el otorgamiento del visado para fraccionamientos. Además, la municipalidad asumirá la responsabilidad de verificar el cumplimiento de requisitos para cada tipo de fraccionamiento, dentro de los cuales se contempla el visado de las instituciones competentes según la materia. Debido a lo anterior, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Cumplir con lo establecido en los artículos 84 y 86, de este reglamento.
- Cuando se trate de fraccionamiento de fincas inscritas en el Registro Inmobiliario, deberá indicar el número de plano catastrado de la finca madre si lo hubiere, y su área registral.
- Cuando se trate de urbanizaciones, se solicitará un plano general debidamente georreferenciado y firmado por la persona profesional en agrimensura, visado por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la respectiva municipalidad, que indique: la distribución de los lotes, su correspondiente numeración y toda la información necesaria que permita en forma clara y concreta el replanteo de cada uno de los lotes a fraccionar. Además, cuando se refiere a proyectos urbanísticos deberá indicarse el nombre oficial de la urbanización.
- Cuando se trate de fraccionamientos con fines urbanísticos, se aplicará lo indicado en el artículo 103, inciso c), de este reglamento.