Reglamento
Artículo 170 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XIV
De la responsabilidad y de las Sanciones
SECCIÓN II
Responsabilidades de las personas trabajadoras
Artículo 170
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Sin detrimento de lo regulado en otras disposiciones del presente decreto reglamentario, las personas trabajadoras deben cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 285 y 286 del Código de Trabajo.