Reglamento
Artículo 25 — Del Registro de Asociaciones — Reglamento del Registro Público
- Número
- 55371
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Organización del Registro Público
CAPÍTULO IV
De los diferentes Registros
En el Registro de Asociaciones se inscribirán las asociaciones con fines artísticos, científicos, benéficos, de recreo y cualesquiera otros lícitos que no tengan por único y exclusivo objeto el lucro o ganancia. En el asiento donde se registre constará un resumen de los datos más importantes de su. inscripción.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 28541 del 6 de marzo de 2000, que lo traspasó del antiguo artículo 23 al 25 actual)