Reglamento
Artículo 24 — Del Registro Mercantil — Reglamento del Registro Público
- Número
- 55371
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Organización del Registro Público
CAPÍTULO IV
De los diferentes Registros
En el Registro Mercantil se inscribirá todo lo indicado en el artículo 235 del Código de Comercio y. cualquier otro acto o contrato que por ley o reglamento se indicare. En el asiento donde se practique la inscripción se indicará la información más importante, del acto o contrato que se registra, para los efectos de la publicidad.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 28541 del 6 de marzo de 2000, que lo traspasó del antiguo artículo 22 al 24 actual)