Reglamento
Artículo 21 — Del Registro de la Propiedad Inmueble — Reglamento del Registro Público
- Número
- 55371
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Organización del Registro Público
CAPÍTULO IV
De los diferentes Registros
En el Registro de la Propiedad Inmueble se inscribirá todo lo relativo al título del dominio, a los gravámenes y afectaciones, y cualquier otro derecho real o personal que afecten los bienes inmuebles allí inscritos.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 28541 del 6 de marzo de 2000, que lo traspasó del antiguo artículo 19 al 21 actual)