Reglamento
Artículo 3 — Derecho de recibir y poseer objetos y bienes — Reglamento de Requisa a Personas e Inspección de Bienes en el Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 53963
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 3
Derecho de recibir y poseer objetos y bienes
Vigente desde 21 de marzo de 1997 · texto SINALEVI
Toda persona privada de libertad tendrá derecho a poseer objetos, dinero para sus gastos y pertenencias para su uso personal, que estén autorizados por la Dirección de cada Centro, dentro de los límites y condiciones establecidas en este Reglamento , de acuerdo a la normativa existente en la materia.