Reglamento
Artículo 94 — Requisitos y contenido de la notificación — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO II
De la notificación
SECCIÓN I
Disposiciones generales
Artículo 94
Requisitos y contenido de la notificación
Vigente desde 2 de abril de 2014 · texto SINALEVI
Toda notificación debe contener el número único de expediente, el nombre de la oficina donde se realiza el trámite o procedimiento, la naturaleza del proceso, el nombre completo del obligado tributario y el número del documento de identificación. Además, debe contener la copia de la resolución que se comunica, con el texto íntegro del acto, indicación de los recursos procedentes, el órgano ante el cual deben interponerse y el plazo para interponerlos.