Reglamento
Artículo 267 — Comprobación de sellos — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO X
Sobre el cierre de negocios
En caso de que la Administración Tributaria o los cuerpos policiales comprueben que hubo destrucción, alteración u obstrucción de los sellos, se procederá a levantar el acta correspondiente y se repondrán los sellos por el tiempo restante hasta completar los días del cierre. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones correspondientes por alteración o destrucción de sellos.