Reglamento
Artículo 152 — Conclusión de la actuación de comprobación e investigación — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO VII
Control Tributario Intensivo
SECCIÓN IV
Conclusión de los procedimientos
Artículo 152
Conclusión de la actuación de comprobación e investigación
Vigente desde 6 de julio de 2018 · texto SINALEVI
Cuando a juicio de los funcionarios responsables se hayan obtenido los datos y pruebas necesarios para fundamentar la determinación de la obligación tributaria, se convocará al obligado tributario para que comparezca ante la Administración Tributaria, a fin de informarle los resultados y proponerle la regularización de su obligación tributaria.
Igualmente, para la conclusión de la actuación de comprobación e investigación cuando se determine que no hay diferencia de impuesto, o que hay un saldo a favor, se deberá de convocar al obligado tributario a que comparezca ante la Administración Tributaria.
La etapa de comprobación e investigación del procedimiento de determinación de oficio de la obligación tributaria se dará por concluida con el levantamiento y firma del acta donde conste la celebración de la audiencia final.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41330 del 6 de julio de 2018)