Reglamento
Artículo 146 — Presentación de la denuncia — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Hostigamiento Sexual
CAPÍTULO ÚNICO
La denuncia se interpondrá en forma verbal o escrita ante el Subproceso Inspección Policial y Administrativo, que deberá trasladarla a la Comisión a más tardar al día siguiente de su recepción.
Cuando la denuncia se presente en forma verbal, de lo manifestado se levantará un acta que deberá ser suscrita por la persona denunciante y aquella que la haya recibido.