Reglamento
Artículo 86 — Transmisión de la titularidad — Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio
- Número
- 105605
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
Funcionamiento del condominio
Cuando se transmita la titularidad de las unidades se debe entender siempre, conforme a la LRPC, que el adquirente conoce y acepta el RCA propio de cada condominio, el monto y periodicidad de la cuota condominal y las implicaciones de adquirir una propiedad en este régimen, sin que deba el notario público dar fe de lo anterior.