Reglamento
Artículo 78 — Áreas comunes mínimas en condominios con fincas filiales matrices — Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio
- Número
- 105605
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
Áreas Comunes
Artículo 78
Áreas comunes mínimas en condominios con fincas filiales matrices
Vigente desde 19 de enero de 2026 · texto SINALEVI
En el condominio de condominios, el porcentaje de las áreas comunes mínimas se podrá determinar de manera conjunta o separada, siempre y cuando se cumpla con lo indicado en el artículo 75 de este reglamento.