Ley
Artículo 54 — Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública
- Número
- 3481
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
De los Organismos Administrativos
CAPÍTULO VIII
Del Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas
Artículo 54
Vigente desde 5 de julio de 1971 · texto SINALEVI
El Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas cumple, fundamentalmente, los objetivos que expresan los artículos 89 de la Constitución Política y 48 de la Ley Fundamental de Educación, en el ámbito escolar.
(NOTA: La materia que compete al Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas se traslado al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, según su Ley de Creación No.4788 del 5 de julio de 1971).