Ley
Artículo 293 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO SEGUNDO
Del Procedimiento Administrativo
TÍTULO QUINTO
Del Nacimiento y Desarrollo del Procedimiento
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Documentación a Acompañar
Artículo 293
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
- Con la presentación a que se refiere el artículo 285, los interesados acompañarán toda la documentación pertinente o, si no la tuvieren, indicarán dónde se encuentra.
- Deberán, además, ofrecer todas las otras pruebas que consideren procedentes.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 01261-2009 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«en consecuencia, no cumpliran con lo estipulado en los artículos 293 inciso a) de la LGAP»