Ley
Artículo 215 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
Del Procedimiento Administrativo
TÍTULO PRIMERO
Principios Generales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 215
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
- El trámite que regula esta ley, se aplicará cuando el acto final haya de producir efectos en la esfera jurídica de otras personas.
- El jerarca podrá regular discrecionalmente los procedimientos internos, pero deberá respetar esta ley.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 01689-2020 · Sala Segunda de la Corte
Procesal civil
«“En todo caso, el órgano director actuó dentro de las potestades previstas por los numerales 214.2, 215, 216, 218 y 219 de la Ley General de la Administración Pública»
- Resolución 14723 · Sala Constitucional
Constitucional
«Los principios del proceso administrativo se encuentran contemplados en el Capítulo Único del Título Primero del Libro Tercero de la Ley General de la Administración Pública, en sus artículos 214 a 229»
- Resolución 01144-2012 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«Segundo, violación de los artículos 32, 91, 94, 103 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes; 15 a 17, 132 inciso 1), 158, 214, 215, 308, 334 a 336 de la LGAP»
- Resolución 00871-2007 · Sala Primera de la Corte
Tributario
«Acusa quebranto de los numerales 130, 132, 133, 136, 158, 162, 163, 165, 166, 167, 169, 176, 214, 215 y 223 de la Ley General de la Administración Pública»