Ley
Artículo 169 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
Del Régimen Jurídico
TÍTULO SEXTO
De los Actos Administrativos
CAPÍTULO SEXTO
De las Nulidades
SECCIÓN TERCERA
De la Nulidad Absoluta
Artículo 169
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
No se presumirá legítimo el acto absolutamente nulo, ni se podrá ordenar su ejecución.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00534-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«es razonable ejercer el límite que establece el artículo 169 de la Ley General de la Administración Pública»
- Resolución 00237-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«en virtud de los principios de conservación, presunción de validez y legitimidad del acto administrativo, que dimanan de los numerales 168, 169 y 176 de la LGAP»
- Resolución 08619-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«el canon 166 de aquella ley, impone la procedencia de la nulidad absoluta cuando falten totalmente uno o varios de sus elementos constitutivos o bien cuando la imperfección de al menos uno, impida la satisfacción del fin público.»
- Resolución 00025-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«no constar su consulta previa conforme los artículos 168, 169, 170 y 361 de la LGAP.»
- Resolución 00017-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«Por ello, conforme a las disposiciones de los artículos 129, 158, 166, 169, 172 y 175 de la misma LGAP, no puede sino concluirse que la actuación administrativa desplegada por el INCIENSA en su contra, es absolutamente nula»
- Resolución 01539-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«numerales 166, 167, 169 y 172 de la Ley General de la Administración Pública»