Ley
Artículo 12 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
Del Régimen Jurídico
TÍTULO PRIMERO
Principios Generales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 12
Vigente desde 23 de marzo de 2026 · texto SINALEVI
- Se considerará autorizado un servicio público cuando se haya indicado el sujeto y el fin del mismo. En este caso el ente encargado podrá prestarlo de acuerdo con sus propios reglamentos sobre los demás aspectos de la actividad, bajo el imperio del Derecho.
- No podrán crearse por reglamento potestades de imperio que afecten derecho del particular extraños a la relación de servicio.
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Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 14917-2026 · Sala Constitucional
Constitucional
«y en los artículos 11, 12, 6 y 13 de la Ley General de la Administración Pública,»
- Resolución 14917 · Sala Constitucional
Constitucional
«artículos 11, 12, 6 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, su conceptualización se da, en el sentido de que todo acto o comportamiento de la Administración Pública debe estar regulado y permitido por el ordenamiento jurídico, aplicando el viejo aforismo de que la Administrac»
- Resolución 00005-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«-C-02-2009 de fecha 09 de febrero de 2009, suscrito por la Licenciada Dahanna Chacón, Área Consultiva de la Dirección de Asuntos Jurídicos, mismo que es de acatamiento obligatorio, para esta Cartera Ministerial, tal como se estipula en el Decreto Ejecutivo 336551-MEP, específicamente en la Sección I y todos los…»
- Resolución 00105-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«los artículos 4, 8, 11, 12, 14, 15, 16, 17 y 19 de la Ley General de Administración Pública»
- Resolución 01263-2021 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«Así, las instrucciones están previstas para los entes menores y sus órganos como una de sus potestades naturales; ello conforme lo disponen los ordinales 12.2, 99, 102.1, 103, 105, 107, 124, 125 y 216 todos de la LGAP.»
- Resolución 00012-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«numerales 4, 8, 10, 11, 12 inciso 1), 15 inciso 1), 16, 59, 60, 62 63, 65 inciso 1) y 7 de la Ley General de la Administración Pública)»