Ley
Artículo 8 — Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de Salarios
- Número
- 832
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 8
Vigente desde 4 de noviembre de 1949 · texto SINALEVI
Los miembros directores durarán en el ejercicio de sus cargos cuatro años, siendo reelegibles indefinidamente.
Sin embargo, podrán ser removidos de sus cargos en cualquier tiempo, si la asociación o sindicato que representen les negare su confianza. De igual facultad gozará el Estado respecto de sus representantes.