Ley
Artículo 9 — Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de Salarios
- Número
- 832
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 9
Vigente desde 4 de noviembre de 1949 · texto SINALEVI
En el caso previsto por el párrafo segundo del artículo anterior o por renuncia o fallecimiento de cualquiera de los miembros directores, se hará la reposición siguiendo el mismo procedimiento que se indica en el artículo 6º.