Ley
Artículo 13 — Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)
- Número
- 4760
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10555, La Gaceta N.º 218 del 20 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
Del Funcionamiento
Artículo 13
Vigente desde 4 de mayo de 1971 · texto SINALEVI
Todo participante en un plan de ayuda del IMAS será asignado a un trabajador social quien desempeñará las funciones determinadas por el Reglamento de esta ley y el Consejo Directivo. Los trabajadores sociales dedicarán su mayor esfuerzo a los casos de personas que tienen dificultad en completar los programas de estímulo del IMAS.