Normativa
Artículo 89 — Pertenencias de la persona joven — Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles
- Número
- 8460
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10641, La Gaceta N.º 48 del 12 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Sanciones privativas de libertad
CAPÍTULO II
Internamiento en centros especializados
SECCIÓN II
Derechos y deberes específicos durante la ejecución
A la persona joven se le deberá respetar el derecho de poseer objetos de valor afectivo y pertenencias personales, siempre que no se trate de objetos que pongan en peligro la seguridad del centro, o de objetos prohibidos por esta Ley y los reglamentos del centro de internamiento.