Código
Artículo 138 — Código Procesal Contencioso-Administrativo
- Número
- 8508
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10702, La Gaceta N.º 98 del 30 may 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VII
RECURSOS
CAPÍTULO II
RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN
Artículo 138
Vigente desde 28 de abril de 2006 · texto SINALEVI
También procederá el recurso de casación por violación de normas sustantivas del ordenamiento jurídico, en los siguientes casos:
- Cuando se atribuya a la prueba una indebida valoración o se haya preterido.
- Cuando se tengan por demostrados o indemostrados hechos en contradicción con la prueba que consta en el proceso.
- Cuando se haya aplicado o interpretado indebidamente una norma jurídica o se haya dejado de aplicar.
- Cuando la sentencia viole las normas o los principios del Derecho constitucional, entre otros, la razonabilidad, proporcionalidad, seguridad jurídica e igualdad.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00027 · Sala Primera de la Corte
Constitucional
«Con fundamento en los artículos 138 incisos c) y d) del Código Procesal Contencioso Administrativo (en lo sucesivo, CPCA), la representación estatal alega inaplicación»
- Resolución 00080-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«Así, estos principios, como reconoce el artículo 138 d) CPCA, tienen cabida, en sede interpretativa, fundamentalmente a través del llamado método lógico de interpretación»
- Resolución 00182 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«Se extraña este análisis, requisito lógico e indispensable si se recurre violación indirecta de normas por error de hecho y de derecho (artículos 138 incisos a), b) y 140 inciso c) del CPCA).»
- Resolución 00386 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«la resolución cuestionada incurre en la causal contenida en el numeral 138 inciso d) del CPCA»
- Resolución 00143-2013 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«"plantea su recurso según los incisos a, b, c y d del artículo 138 del CPCA."»
- Resolución 01605-2012 · Sala Primera de la Corte
Civil
«de conformidad con el artículo 138 del CPCA»