Código
Artículo 175 — Procedimiento — Código Procesal Civil
- Número
- 9342
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10892, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
PROCESOS
TÍTULO III
PROCESO DE EJECUCIÓN
CAPÍTULO VI
TERCERÍAS
Para dilucidar las tercerías se seguirá el procedimiento incidental. En la resolución inicial se emplazará al ejecutante, al ejecutado y a cualquier acreedor que se hubiera apersonado. En las tercerías de distribución, si el promovente carece de sentencia a su favor, al dictarse el fallo deberá emitirse pronunciamiento sobre la existencia y la extensión del crédito y su derecho de participación en el producto de la ejecución.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00038-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«en estricto cumplimiento de la normativa recogida en los artículos 175 y siguientes del código de rito.»
- Resolución 00266-2021 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«IV. En su primer motivo de casación, la defensora pública reprocha la violación al debido proceso por inobservancia del artículo 175 del Código Procesal Penal»
- Resolución 01873-2023 · Tribunal Primero de Apelación Civil de San José
Civil
«Se regulan todos sus tipos en los artículos 173 al 177 del Código Procesal Civil.»