Código
Artículo 11 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO II
Interpretación y aplicación de las normas jurídicas
Artículo 11
Vigente desde 6 de enero de 1986 · texto SINALEVI
La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ellas cuando la ley expresamente lo permita.
(Así reformado por Ley Nº 7020 de 6 de enero de 1986, artículo 1º)
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Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00033-2026 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«debe tenerse en consideración no un concepto formal de ilicitud (lo contrario a la ley) sino material donde la ilicitud no se agote en la estrechez de la ley escrita y comprenda nociones amplias tales como el orden público, la moral, las buenas costumbres, la buena fe y la equidad»
- Resolución 08749-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«Entonces, los actos y convenios realizados privativamente sobre un tramo inmobiliario demanial, por la naturaleza del bien, ausencia de titularidad hábil and contrariar leyes prohibitivas, devienen nulos (Constitución Política, artículos 28 párrafo 2 -a contrario sensu- and Ley 6043, artículos 1, 7, 11 y 45; Código…»
- Resolución 01144-2012 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«vulneración de los artículos 197 de la LGAP; 11 del Código Civil y 39 Constitucional, al resultar excesivo el monto de la indemnización por daño moral.»
- Resolución 00001-2012 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«El numeral 11 del Código Civil, manifiesta, establece cómo interpretar las normas y et al tanto de si cabía o no tal\nobligación»
- Resolución 01270-2011 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«Dice, lo anterior violenta, los ordinales 7 y 10 de la LGAP, al igual que las normas 11 y 21 del Código Civil»
- Resolución 00788-2005 · Sala Primera de la Corte
Civil
«la resolución contractual viene impuesta por un principio de justicia estricta, que, a nivel del ordenamiento jurídico se inspira en las exigencias de la buena fe que han de presidir las relaciones humanas en su proyección a la vida jurídica. Lo contrario, supondría, sin duda, incurrir en un abuso del derecho así como…»