Reglamento
Artículo 16 — Derecho a la integración comunal y familiar — Reglamento sobre Derechos y Deberes de los Privados y Privadas de Libertad
- Número
- 53962
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
De los derechos y deberes
SECCIÓN SEGUNDA
DE LOS DERECHOS DE LOS PRIVADOS Y
Artículo 16
Derecho a la integración comunal y familiar
Vigente desde 31 de mayo de 1993 · texto SINALEVI
Todo privado o privada de libertad tiene derecho a la interrelación con su familia, recursos sustitutos o de apoyo comunitario sin más limitaciones que las estrictamente necesarias.