Reglamento
Artículo 8 — Reglamento para el Régimen Interno del Consejo de Salud Ocupacional
- Número
- 15249
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Del Órgano Directivo
Artículo 8
Vigente desde 4 de noviembre de 1985 · texto SINALEVI
De los recursos de revisión de un acuerdo: 1°-Cualquier director podrá solicitar revisión de un acuerdo de la sesión anterior, antes de ser aprobada el acta. 2°-Los acuerdos declarados en firme no están sujetos a revisión.