Reglamento
Artículo 6 — Reglamento para el Régimen Interno del Consejo de Salud Ocupacional
- Número
- 15249
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
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Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Del Órgano Directivo
Artículo 6
Vigente desde 7 de agosto de 2001 · texto SINALEVI
De las sesiones ordinarias y extraordinarias del Órgano Directivo.
- Del Quórum. - De las sesiones ordinarias:
a. Para reunirse en sesión ordinaria no hará falta convocatoria especial y el quórum para que pueda sesionar válidamente el Consejo lo formarán cinco de sus miembros.
b. Si no hubiere quórum a la hora del inicio de la sesión ordinaria que el Órgano Director designe, el Órgano Directivo podrá esperar para sesionar válidamente en segunda convocatoria treinta minutos después de la hora señalada para la primera. Si en esta segunda convocatoria tampoco hay quórum, deberán esperar hasta el día designado para efectuar la próxima sesión ordinaria del órgano.
- De las sesiones extraordinarias.
a. Para reunirse en sesión extraordinaria será siempre necesaria una convocatoria por escrito, con una antelación mínima de veinticuatro horas, salvo los casos de urgencia. A la convocatoria se acompañará copia del orden del día, salvo casos de urgencia. En las sesiones extraordinarias solamente se deberán conocer los asuntos para los cuales fueron convocadas y se deberán realizar en hora distinta a las convocatorias realizadas para las sesiones ordinarias.
No obstante, quedará válidamente constituido el órgano colegiado sin cumplir todos los requisitos referentes a la convocatoria o al orden del día, cuando esté presente el quórum requerido para sesionar y así lo acuerden por unanimidad. El quórum para sesionar válidamente lo forman cinco Directores.
- Del orden del día.
- El orden del día de las sesiones ordinarias será básicamente el siguiente:
a. Apertura.
b. Lectura y discusión del orden del día.
c. Lectura, aprobación o modificación del acta de la sesión anterior.
d. Audiencias.
e. Informe de correspondencia.
f. Informes ordinarios: - Informes del Presidente. - Informes del Director Ejecutivo. - Informes de los Directores.
g. Informes de las Comisiones.
h. Asuntos financieros.
i. Mociones y sugerencias.
j. Asuntos varios, y k. Cierre de la sesión.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 29768 del 7 de agosto de 2001).