Reglamento
Artículo 10 — Reglamento para el Régimen Interno del Consejo de Salud Ocupacional
- Número
- 15249
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Del Órgano Directivo
Artículo 10
Vigente desde 4 de noviembre de 1985 · texto SINALEVI
Los miembros del Órgano Directivo podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo tomado y los motivos que lo justifican, quedando en tal caso, exentos de la responsabilidad que pudiera derivarse del acuerdo correspondiente.