Reglamento
Artículo 50 — De las Unidades de Apoyo Logístico y Administrativo — Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud
- Número
- 85308
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VIII
DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA
Artículo 50
De las Unidades de Apoyo Logístico y Administrativo
Vigente desde 19 de enero de 2026 · texto SINALEVI
Las Unidades de Apoyo Logístico y Administrativo dependen orgánicamente de los Directores Regionales de Salud. Su objetivo consiste en ejecutar los procesos relacionados con la gestión de los recursos humanos, financieros, de infraestructura física y de bienes y servicios correspondientes al nivel regional, de manera articulada, eficaz y con la calidad requerida, así como brindar el apoyo técnico necesario para que estas condiciones se cumplan en las Áreas Rectoras de Salud.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)