Reglamento
Artículo 16 — De la Secretaría Técnica de Salud Mental — Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud
- Número
- 85308
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA
Artículo 16
De la Secretaría Técnica de Salud Mental
Vigente desde 22 de abril de 2021 · texto SINALEVI
Es un órgano técnico, adscrito al despacho del Ministro de Salud, cuyo objetivo es abordar de forma integral el tema de salud mental desde la perspectiva del ejercicio de la Rectoría del Sistema Nacional de Salud, con la participación de otras instituciones públicas y privadas, la sociedad civil organizada y la comunidad académica y científica.
Además, a esta unidad organizativa le corresponde cumplir con las funciones establecidas en el artículo 28 de la Ley 5412 del 8 de noviembre de 1973 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud" y de la Ley 9213 del 6 de abril 2014 "Ley Creación de la Secretaría Técnica de Salud Mental.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)