Reglamento
Artículo 52 — Forma de presentación de las denuncias ambientales — Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
- Número
- 53029
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
Denuncias Ambientales
Artículo 52
Forma de presentación de las denuncias ambientales
Vigente desde 28 de junio de 2004 · texto SINALEVI
Las denuncias deberán presentarse de forma verbal o por escrito. En la medida de lo posible, la misma debe incluir la siguiente información:
- La indicación del nombre completo y número de cédula o pasaporte del denunciante.
- Los hechos que la motivan.
- Lugar para notificaciones.
- De ser posible, el nombre completo del denunciado, la ubicación exacta de la actividad, obra o proyecto, nombre del mismo y número del expediente que se le asignó en la SETENA.
- Para la denuncia verbal, el denunciante deberá apersonarse ante la Oficina del Proceso Legal de la SETENA a fin que se levante el acta correspondiente.