Reglamento
Artículo 49 — Recurso de apelación contra el ocurso — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
Generalidades del Registro Inmobiliario
CAPÍTULO SEXTO
Impugnación a la calificación de documentos
De lo resuelto por la persona directora procederá el recurso de apelación ante el Tribunal Registral Administrativo, como tercer recurso formal. Este deberá presentarse ante la Dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución final dictada en las diligencias ocursales.