Reglamento
Artículo 322 — Acceso al expediente administrativo — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO OCTAVO
Generalidades de los expedientes administrativos
Las partes y sus representantes, las personas profesionales en derecho o en topografía, y cualquier persona interesada, tendrán derecho a examinar y leer el expediente administrativo, ante la Dirección del Registro Inmobiliario.
La copia simple o la certificación del expediente administrativo, sea total o parcial, deberá ser solicitada en la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, cancelando de previo la tarifa correspondiente.